29-06-2020
Podrán sumarse niños acompañados de adultos y no están autorizadas para personas mayores de 60 años, embarazadas y todas aquellas comprendidas en los grupos de riesgo. El Decreto completo.
Las salidas recreativas quedarán autorizadas en el distrito desde este miércoles 1 de julio, en virtud del decreto firmado por el intendente Ezequiel Galli. Esas salidas de esparcimiento deberán hacerse entre las 13 y las 17 horas, por un lapso no mayor de una hora.
Entre las restricciones se indica que no se podrán alejarse más de 500 metros de su residencia. No se podrá usar transporte público o vehicular y se deberá guardar en todo momento un distanciamiento físico entre peatones no menor a 2 metros, salvo en el caso de niños y niñas de hasta 12 años de edad, quienes deberán realizar la salida en compañía de una persona mayor conviviente.
En ningún caso se podrán realizar aglomeramientos o reuniones y se deberá dar cumplimiento a las instrucciones generales de la autoridad sanitaria. Para esta salida se mantiene la obligatoriedad del uso de barbijo o tapaboca dispuesto en el Decreto N* 1028/20.
Prohíben expresamente la utilización de bancos y juegos de plaza; al igual que el uso de los bebederos instalados en los parques municipales. Se podrá llevar bebidas hidratantes o infusiones, una por persona, y no se permitirá compartirlas en ningún caso.
¿Quiénes no pueden hacer salidas de esparcimiento?
Todas las personas consideradas como grupo de riesgo conforme la definición de autoridad Sanitaria Nacional y ratificadas por la Secretaría de Salud dispuestas en el Decreto N* 920/20: