04-03-2022
El abogado Julio Beley, defensor de damnificados, hizo la presentación en el Juzgado de Garantías 1. Reveló la excusación elevada por la titular de la UFI 4 en otra causa, por igual motivo.
Este viernes al mediodía, el abogado penalista Julio Beley formalizó una presentación judicial en la que solicitó la recusación de la fiscal Paula Serrano, titular de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 4 de Olavarría, en la causa que investiga la venta ilegal de terrenos en la ciudad, con más de una decena de damnificados que se presentaron ante la justicia y donde hay mencionados funcionarios y asesores municipales. El fundamento: la “relación de amistad” de la fiscal con la esposa del intendente Ezequiel Galli.
Beley hizo el pedido como particular damnificado al Juzgado de Garantías Nº 1 de Olavarría en el marco del proceso que actualmente está caratulado como “Peralta, Claudio Ariel s/Estafa - Presunto robo o hurto”, bajo el número de causa “PP-01-02-005387-20/00”, y en los fundamentos incorporó la propia excusación formulada por Serrano en otra causa, la “IPP 01-02-0024-704-15” (ver imagen), en la cual reconoció que “hace años que tiene trato personal de amistad frecuente” con la señora de Galli.
En el escrito presentado hoy Beley señaló que en dicha investigación “se encuentran involucrados distintos funcionarios de la Municipalidad de Olavarría, lo que de forma directa e indirecta afecta al señor Galli”.
Luego, haciendo mención de distintos autores, por elevación añadió en el texto presentado que “los fiscales no son imparciales en cuanto a partes -los jueces deben serlo siempre- pero en su actuación están obligados a actuar aun en beneficio del imputado. No pueden –no deben- ocultar por ejemplo elementos que puedan favorecer a los imputados”.
Beley consideró a ciertas cuestiones “de gravedad y que sí hacen a la recusación del Acusador (la fiscal Serrano)”.
Según expuso el letrado, “está claro que la Acusadora mantiene una relación de amistad con la señora esposa del intendente de este Municipio, quien ya sea de modo directo o indirecto se encuentra vinculado a la presente investigación, como ya dije”.
Y afirmó: “Estas relaciones personales y estos conocimientos previos conllevan a la pérdida del Norte que debe regir en todo proceso penal”.
En el final fue más duro con su pedido: “(…) Ha sido evidenciado un obrar carente de objetividad en la figura del Acusador, lo que implica un cercenamiento profundo del Estado de Derecho que, en la actualidad, se eleva al rango de Ley Fundamental y es por todo lo expresado que esta parte solicita la recusación de Acusador, conforme a los artículos 47 incisos 11 y 13, y 54 del ritual”.
El documento completo de la recusación
Este es el facsimil de la excusación de la Fiscal