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12-06-2024

Por más mujeres en la Justicia

La abogada Mariana Catanzaro pone el foco sobre la falta de paridad de género en ese poder del Estado, sobre todo en los máximos organismos. Aunque amparada por la Constitución, la igualdad no llega.

 

Por Mariana Catanzaro (*)


Desde el año 2010, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a través de la Oficina de la Mujer, y desde 2021 en la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires, a través de la Comisión Permanente en materia de género e igualdad han procurado mediante diferentes acciones reducir la brecha entre hombres y mujeres que ocupan cargos en el poder judicial.

 

Han pasado varios años de la creación de esos organismos y en vistas a las designaciones que se encuentran pendientes tanto en la Corte Suprema como en la Suprema Corte de la Provincia y a la manda constitucional de afianzar la justicia, consolidar la paz interior, conviene ponernos al corriente sobre los propósitos trazados.
 


 Antecedentes y estado de situación actual

 

Los números de la Corte Suprema de Justicia de la Nación indican que en 161 años de existencia pasaron 111 jueces de los cuales solo 3 fueron mujeres (Margarita Argúas designada en 1970, Elena Higthon designada en 2004, y Carmen Argibay designada en 2005. En la provincia de Buenos Aires los números son un poco peores que éstos: 151 varones y solo una mujer: la Dra Hilda Kogan.

 


Las vacancias del máximo tribunal de la nación se pretenden cubrir con dos abogados: Ariel Lijo, actual titular del juzgado Criminal y Correccional Federal N° 4 de la Ciudad de Buenos Aires respecto del cual sabemos que pesan algunas denuncias en el Consejo de la Magistratura por su desempeño en causas de corrupción, falta de resolución de casos en plazos razonables, fue denunciado penalmente por asociación ilícita, lavado de dinero y cohecho. Añadimos que fue apartado de la investigación por el encubrimiento del atentado a la AMIA, por la Cámara Federal en 2016.

 


El otro de los candidatos propuesto por Milei es García-Mansilla. Sus antecedentes son académicos de las casas de estudios más conservadoras radicadas en nuestro país: Universidad Austral y Universidad del Salvador. En minoría evidente, García Mansilla, se ha pronunciado rechazando la jerarquía constitucional de los tratados internacionales de derechos humanos incluidos en la reforma de 1994, y en cuestiones de género sabemos que rechaza el derecho de las mujeres (según Ley 27.610/2020) a la interrupción voluntaria del embarazo. Incluso se opuso al fallo F.A.L. en el que se trató la interrupción de un embarazo a una mujer que sufrió una violación.

 


Hasta acá algunos brevísimos datos de los dos candidatos del Poder Ejecutivo Nacional.
No sólo que no se busca una mujer para cubrir el cargo de ministra de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, sino que la evidente tendencia es promover que desde el órgano judicial más influyente, se pongan en tela de juicio derechos humanos de mujeres y niñas que ya creíamos conquistados.

 

En la Provincia de Buenos Aires se arrastra una demora importante en el nombramiento de magistrados como funcionarios del Ministerio Público. Se estima que las vacantes por cubrir son casi 700 en la provincia y con gran expectativa se espera que las designaciones sean con perspectiva de género de una buena vez.


Del último reporte de la Oficina de la Mujer y los mapas de Género publicados a la fecha se da cuenta de una mayor presencia de mujeres en cargos administrativos y la misma o pero desigualdad para los cargos de juez, juez de cámara y Ministro de Máximo tribunal nacional o provincial.


Cuanto más ascendemos en los cargos a disputar, cada vez más abrumadora es la diferencia. Recordemos: de 111 solo 3 en la CSJN y 151 sólo 1 en la SCBA.


Exigencias legales y compromisos

 

La igualdad en el acceso a los cargos judiciales es una directriz constitucional: el artículo 37 de la Constitución Nacional ordena instaurar “la igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres” y tratados con jerarquía constitucional lo señalan también, principalmente el artículo 7 de la “Convención contra toda forma de discriminación contra la Mujer”: “Los Estados Partes tomarán todas las medidas para eliminar la discriminación contra la mujer en la vida política y pública del país y, en particular, garantizarán a las mujeres, en igualdad de condiciones con los hombres, el derecho a: inc. b) Participar en la formulación de las políticas gubernamentales y en la ejecución de éstas, y ocupar cargos públicos y ejercer todas las funciones públicas en todos los planos gubernamentales.”


El Decreto 222/03 dispuso que “…al momento de la consideración de cada propuesta, se tenga presente, en la medida de lo posible, la composición general de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para posibilitar que la inclusión de nuevos miembros permita reflejar las diversidades de género…”.


La normativa en esta temática es profusa. Solo mencionamos estas como ejemplo de lineamientos básicos.

 

Del Estado Constitucional de Derecho al Estado ilegal de “Derecho”

El Presidente de la Nación ignora por completo la letra de la Constitución Nacional y los tratados sobre Derechos Humanos. Evidentemente la participación de las mujeres en el poder judicial no es una prioridad para el Presidente de la Nación porque promueve hombres para cubrir los cargos más altos de la justicia y a demás se encarga de que aquellos favoritos, cuyas propuestas se están tratando (Lijo y Mansilla), estén completamente desvinculados del reconocimiento de los Derechos Humanos de mujeres.


En la provincia de Buenos Aires recién se acaban de tratar pliegos de la época de la Gobernadora Vidal. Se requiere un gran impulso para que el servicio de justicia mejore (ya dijimos: Hay 700 vacantes), en Olavarría por ejemplo falta cubrir el lugar en la fiscalía de violencia familiar y de género.


No son muy buenas noticias, el famoso techo de cristal para las mujeres es una realidad que enfáticamente niegan algunos y que las mujeres necesitamos que se visibilice. Una mujer con perspectiva de género en los órganos decisorios de la Nación y la Provincia sería un mensaje claro de que todas las mujeres pueden llegar a ocupar esos espacios cuasi vedados, como así también es un indicio de que las cuestiones de género se encuentran en la agenda de todos los poderes, incluido el judicial.


Los pesos y contrapesos a los que se refieren los libros de Derecho Constitucional se pueden materializar en estos tiempos tan radicales. El poder judicial suele ser el más discreto de los poderes del Estado, sin embargo, no puede conservar esa discreción con el panorama que se presenta. Más bien al contrario, cuando el Poder Ejecutivo y parte del Poder Legislativo retroceden sobre los derechos conquistados, se asoma como el refugio esperanzador y como el sostenimiento del sistema democrático y la vida en democracia, el Poder Judicial.

 

 

(*) Abogada, docente de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UNLP y miembro de la APDH. Madre de Amador y Charo.


  

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