11-12-2025
El Artículo 105, sobre formas de pago, dice que "el salario debe ser satisfecho en dinero, ya sea en moneda nacional o extranjera, especie, habitación o alimentos".
El Poder Ejecutivo avanzó con la presentación de la Ley de Modernización Laboral, un paquete integral que introduce cambios profundos en las normas de empleo, registración, negociación colectiva y contribuciones patronales. La reforma, que llega en medio de un replanteo general del esquema regulatorio argentino, incluye medidas de desburocratización, reducción de litigiosidad y nuevos incentivos para la contratación formal.
Uno de los ejes centrales del proyecto es la creación del registro laboral centralizado en ARCA, que pasará a ser la única instancia válida de inscripción de trabajadores. A partir de esta modificación, ningún organismo podrá exigir requisitos adicionales, lo que busca simplificar trámites y unificar la información laboral en un solo sistema.
La Ley también introduce cambios amplios en el Régimen de Contrato de Trabajo. Entre ellos, la redefinición de qué conceptos integran las indemnizaciones, mayores posibilidades de pactar remuneraciones en moneda extranjera y un reordenamiento del tiempo de trabajo que permite nuevas modalidades de compensación horaria. Además, se endurecen los requisitos para las certificaciones médicas y se incorpora un esquema más amplio de beneficios no remunerativos.
En materia judicial, el Gobierno impulsa un cambio clave: las indemnizaciones previstas en la Ley de Contrato de Trabajo pasarán a ser la única vía de reparación posible ante un despido. De esta manera, se elimina la posibilidad de iniciar reclamos adicionales por daños y perjuicios basados en el Código Civil y Comercial, con el objetivo declarado de reducir la litigiosidad.
Negociación colectiva. Otro punto central es la reforma de la negociación colectiva. Se limita la llamada “ultraactividad”, que mantenía vigentes todos los convenios vencidos de manera indefinida.
Con la nueva norma, solo seguirán en pie las cláusulas normativas hasta que haya un nuevo acuerdo o una prórroga expresa. También se fortalece la autonomía de los convenios sectoriales de menor alcance y se reglamenta el carácter no remunerado de las asambleas sindicales.
Fondo para indemnizaciones. La iniciativa incorpora, además, la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), al que los empleadores deberán aportar un 3% del salario de cada trabajador.
Ese fondo, administrado por entidades supervisadas por la Comisión Nacional de Valores, será inembargable y estará destinado exclusivamente a financiar indemnizaciones y otros pagos previstos por ley.
Régimen de incentivo. Para incentivar la formalización, se establece el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), que regirá durante un año y otorgará contribuciones patronales reducidas -del 2% por cuatro años- a quienes contraten a personas sin empleo formal reciente, monotributistas, desocupados o exempleados públicos. A su vez, la reforma contempla una reducción general de contribuciones, fijada en 17,40% para empleadores de grandes servicios y comercio, y en 15% para el resto del sector privado.
El proyecto incluye también un régimen especial para trabajadores de plataformas, como repartidores y choferes, a quienes se reconoce como prestadores independientes con requisitos operativos y de cobertura específicos para las empresas que administran las aplicaciones.
Impuestos. Finalmente, la ley incorpora otros cambios vinculados al sistema tributario y al clima de inversiones, como la reducción de alícuotas del Impuesto a las Ganancias corporativo y la creación del Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones, que promueve la amortización acelerada.
El texto del proyecto cierra: “Con estas medidas propuestas, el proyecto continúa en la senda de simplificación y ordenamiento normativo que el Gobierno viene impulsando desde el inicio de su gestión, orientada a eliminar distorsiones, depurar afectaciones, unificar criterios, dotar de neutralidad al sistema, simplificar y reducir costos de cumplimiento. Este proceso se guía por un principio innegociable: resguardar el equilibrio fiscal que tanto esfuerzo demandó alcanzar”. (DIB)