01-04-2026
Recibió la pena de dos años de prisión de ejecución condicional y cuatro años de inhabilitación para ejercer cargos públicos, acusada de “incumplimiento de los deberes de funcionario público”.
La Justicia condenó este miércoles a la policía Vanesa Soledad Nuñez como autora penalmente responsable del delito de “incumplimiento de los deberes de funcionario público” a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional y cuatro años de inhabilitación especial para ejercer cargos públicos, por la muerte de la joven en la comisaría de Laprida el 5 de junio de 2022.
La efectiva cumplía funciones como “imaginaria” —es decir, custodia— durante la noche en que la joven apareció sin vida en un calabozo de la sede policial de la vecina ciudad.
La Comisión Provincial por la Memoria, en calidad de particular damnificado, había solicitado 5 años de prisión efectiva y 10 años de inhabilitación para ejercer cargos públicos, mientras que el fiscal del juicio José Ignacio Calonje y el abogado defensor de de la familia de la víctima pidió que Vanesa Nuñez sea condenada a 1 año de prisión condicional más 2 años de inhibición absoluta para ejercer cargos públicos. Por su parte, el abogado César García, representante de Nuñez, había pedido la absolución de su defendida.
Luego del fallo el abogado de la familia señaló que “tengo un sabor amargo, esta causa debería haber tenido otro final: una condena perpetua. Daiana no se suicidó”.
"En principio con la poca figura penal que nos quedó en la acusación, haber sostenido la condena máxima de la ley, hay que darle la derecha a la Justicia y agradecer a las personas que creyeron", apuntó Roldán.
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En un inicio eran cinco los policías imputados en la causa por homicidio agravado, pero durante la etapa de instrucción cuatro de ellos fueron sobreseídos.
El juicio por la muerte ocurrida el 5 de junio de 2022 había iniciado el martes 17 de marzo y debió ser pospuesto por una situación de salud del fiscal Calonje.
Durante las audiencias de testigos declararon los cuatro policías sobreseídos de la causa, donde se les consultó acerca del rol de "imaginario" y cuál sería la función del oficial en ese cargo, del cual se la acusó a Núñez de incumplir y que su defensa -César García- alegó que no está delimitada en ningún manual y escuela de oficiales.
El caso
El caso comenzó el 5 de junio de 2022 con la muerte de Daiana Abregú en la Estación de Policía Comunal de Laprida. Luego de una autopsia y reautopsia, los resultados arrojaron que la causa del fallecimiento de la joven se debió a "suicidio por ahorcamiento", una calificación que generó un tenso debate por parte de la familia y la Comisión Provincial por la Memoria, quienes enfatizaron en que Abregú murió a manos de oficiales de las fuerzas policiales.
En un primer momento fueron cinco los policías imputados por delitos de “homicidio triplemente agravado” por su comisión con alevosía, por su comisión con el “concurso premeditado de dos o más personas” y por tratarse de “miembros de la fuerza de seguridad policial en abuso de su función, en concurso real con falsedad ideológica de instrumento público agravado por su calidad de funcionario público en abuso de función”.
Posteriormente fueron sobreseídos por la Jueza de Garantías Fabiana San Román, ya que los resultados del informe pericial que concluyeron que en la escena no intervinieron "terceras personas" y las acusaciones quedaron "sin sustento".
Sólo Vanesa Núñez continuó siendo indagada por "Incumplimiento de los deberes de funcionario público", precisamente la violación de los artículos 248 y 249 del Código Penal, que derivó en el juicio culminado en la tarde de este miércoles.