Noticias

Información General Se acortarán los plazos para los desalojos de inquilinos

10-08-2026

Se acortarán los plazos para los desalojos de inquilinos

El abogado Gallo Cabrera explicó que el proyecto que se aprobó en el Senado fija en diez días el plazo para iniciar la demanda en caso de falta de pago. Debate sobre la constitucionalidad.

 

En la madrugada del pasado viernes 7 de agosto, el Senado de la Nación aprobó el proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, que introduce cambios importantes en los procesos de desalojo.

 

Esto, fundamentalmente, impactará en los casi 8 millones de inquilinos que hay en Argentina.

 

Aún debe ser tratado por la Cámara de Diputados para convertirse en ley y se estima que los plazos para que eso suceda no son inmediatos, ya que del texto original fueron quitados los capítulos referentes a la flexibilización de los límites para la compra de tierras por parte de extranjeros y los cambios en las restricciones sobre terrenos afectados por incendios, que generaban mayor interés en el gobierno.

 

Consultado sobre el alcance que tendrá la norma, el abogado Maximiliano Gallo Cabrera indicó que la nueva ley establece cambios en la intimación previa al desalojo, entre otros aspectos.

 

 

Precisó que ante la falta de pago del alquiler, el propietario debe intimar al inquilino y otorgarle un plazo de 10 días corridos para cancelar la deuda. El texto original preveía 3 días, pero fue modificado durante el tratamiento en el Senado. La intimación puede realizarse en el domicilio o directamente por los mails manifestados en el contrato.

 

Contempla también modificaciones en el inicio de la demanda de desalojo, se considera que vencido ese plazo de 10 días el propietario puede iniciar el juicio de desalojo.

 

Agregó que el juicio pasa a ser por trámite sumarísimo, ya que el proyecto dispone que los desalojos tramiten por el proceso sumarísimo, lo que reduce significativamente los tiempos respecto al actual proceso por juicio ordinario. Un proceso sumarísimo actualmente dura entre 4 y 6 meses.  

 

Además, se disponen cambios respecto a las llamadas “usurpaciones”. El proyecto contempla un mecanismo de desalojo para determinados supuestos de ocupación ilegítima, con procedimientos mucho más rápidos que los actuales.

 

Gallo Cabrera advirtió que “desde una mirada constitucional, este proyecto de ley atenta directamente contra el Derecho de acceso a una vivienda digna establecido en el Artículo 14 BIS de la Constitución Nacional. Ya que, al acelerar desalojos y reducir los tiempos procesales, se privilegia la tutela del derecho de propiedad sin prever mecanismos suficientes para proteger a las familias en situación de vulnerabilidad”.

 

Consideró que “si una persona o un grupo familiar queda en la calle como consecuencia de un desalojo sin protección estatal, podría alegarse que el Estado incumple su obligación de garantizar progresivamente el derecho a la vivienda”.

 

Añadió que “todos estos cambios se proponen en medio de una crisis habitacional brutal que llevó a incrementar los valores de las alquiles en más de un 430% desde diciembre de 2023 según un informe del Centro de Estudios para la Recuperación Argentina de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires (UBA)”.

 

Estas modificaciones aún no entraron en vigencia sino que recién lo harán cuando la norma pase por Diputados y sea promulgada por el Ejecutivo. Luego será de aplicación inmediata en todo el territorio nacional.

Dejanos tu comentario

Más Noticias

Nuestras redes sociales

Programas
Verte +