25-08-2026
El proceso judicial se concretó la semana pasada en la ciudad de Azul. Un jurado popular consideró que “el hecho no existió”. El abogado defensor dijo que se trató de un fallo inédito.
Un olavarriense acusado de abuso sexual doblemente agravado fue declarado “no culpable” por un jurado popular reunido en la sala de audiencias de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Palacio de Tribunales de Azul.
El veredicto se dio a conocer el pasado 19 de agosto, después de dos jornadas dedeliberaciones.
El hombre de 31 años, y cuya identidad se reserva para proteger los derechos de las infancias, había sido acusado de abuso sexual doblemente agravado por ser cometido por una persona encargada de la guarda o educación y por ser cometido por ascendiente.
Patrocinado por el abogado César García, el imputado fue considerado “no culpable”. El jurado popular reunido en la ciudad de Azul consideró que el hecho no existió.
Un fallo inédito
En diálogo con este medio el abogado defensor César García explicó que tomó la defensa del caso cuando ya estaba elevado a juicio.
Precisó que toda la prueba ya había sido producida por parte del Ministerio Público Fiscal. Se había incorporado lo aportado por los médicos y los informes periciales. “Los testigos eran todos de la fiscalía”, apuntó.
“El material sobre el que se iba a trabajar apuntaba a la culpabilidad y no a la inocencia. Había que probar que el delito existía, o sea, que se había cometido un abuso sexual gravemente ultrajante con penetración y que quien lo había cometido era el denunciado”, consideró el letrado.
“Probado un extremo, se probaba el otro y luego se debería haber resuelto, según los términos de la fiscalía, en un fallo de culpabilidad y una condena de 20 años”, siguió.
“Considero que es inédito porque trabajando con toda la prueba se pudo desarticular, justamente con la misma prueba, que esto no existió”, explicó.
“Y si esto no existió y no hay delito, no hay manera de responsabilizar, no solamente al imputado, sino a nadie. Y la gran mentira se descubrió justamente por contradicciones en los mismos testigos, entre los tíos y la mamá y además con la prueba médica que arrojó que había una lesión muy pequeña que no era consistente ni compatible con violación”, precisó.
García acotó además que, en general, cuando la pericia psicológica señala que el relato es genuino, verosímil y hay indicios y compatibilidades con abuso sexual, con eso más la denuncia se condena siempre.
“Esta fue la excepción a la regla, porque diciendo que es verosímil, genuino y que había indicios de abuso sexual, en el contrainterrogatorio pude desarmar esa pericia tendenciosa”, apuntó el abogado.
“En estas dos jornadas muy largas de 12 horas cada una, se logró desarticular esto”, marcó y lamentó el tiempo perdido de las vinculaciones familiares.