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Información General El Gobierno reglamentó el nuevo régimen penal juvenil: las claves

07-09-2026

El Gobierno reglamentó el nuevo régimen penal juvenil: las claves

La reforma reemplazará la normativa de 1980, con cambios en la edad de imputabilidad y en el esquema de sanciones juveniles.


Fuente: DIB


El Gobierno nacional reglamentó la Ley N° 27.801, que establece el Régimen Penal Juvenil, y definió la estructura institucional que estará a cargo de su implementación en el ámbito de la Justicia nacional y federal. La reforma llega con cambios en la edad de imputabilidad y en el esquema de sanciones juveniles.


La reforma permite que adolescentes de 14 años hasta el momento que cumplan 18 años puedan ser judicializados por delitos contemplados en el Código Penal, aunque bajo un esquema específico y diferenciado del régimen penal de adultos. El objetivo, se destacó, es promover la responsabilidad por los actos cometidos, la educación, la resocialización y la integración social.


A través del decreto, el Ministerio de Justicia fue designado como autoridad de aplicación y tendrá a su cargo la implementación y coordinación del régimen en la órbita nacional y federal. Entre sus responsabilidades estará dictar las normas complementarias necesarias y articular con otros organismos para poner en funcionamiento las distintas herramientas previstas por la ley.


Un punto central es que el decreto publicado este lunes no fijó la edad de 14 años. Ese límite fue establecido por el Congreso al aprobar la ley. La edad del adolescente se toma en cuenta al momento de la comisión del hecho.


Uno de los principales componentes de la reglamentación es la puesta en marcha de la figura del supervisor especializado, que tendrá a su cargo el seguimiento, la asistencia y el control del adolescente imputado. Los profesionales deberán contar con formación académica en áreas como educación, pedagogía infantojuvenil, psicología, adicciones o trabajo social.


Para organizar ese cuerpo profesional, el decreto crea dentro del Ministerio de Justicia el Registro de Supervisores del Régimen Penal Juvenil. La reglamentación establece además un período transitorio: hasta que se concrete la primera convocatoria pública, el Ministerio deberá elaborar un listado provisorio de profesionales. Ese proceso deberá completarse en un plazo máximo de 180 días desde la entrada en vigencia del régimen.


Durante ese período, los jueces podrán designar supervisores entre los profesionales incluidos en el listado provisorio. Una vez conformado el registro definitivo, quienes cumplan los requisitos y sean incorporados continuarán ejerciendo sus funciones en las causas en las que ya hayan sido designados.

 

 

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